viernes, 31 de julio de 2009

Plagiar vs desconocimiento

El plagiar tr.1 copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias (p.1160: Diccionario esencial de la lengua española.) en nuestro mundo literal con mucha frecuencia nos encontramos con un flagelo mas a una ligazón (unión, trabazón, enlace de una cosa con otra), detectar lo legitimo en la ley del derecho del autor y autora, incurre a veces en evidencias póstumas de no credibilidad, ya que detectarlo a simple vista se debe tener la documentación sostenible de primera argumentación del escritor, muchas veces como sucede en nuestro país, no le damos la importancia de subscribirnos y a veces desconocemos el lugar o institución en donde legalizaríamos nuestro recurso literario (ensayo, trabajo investigación, aporte, reflexiones) y si recurrimos a la información por la web, o internet, nos encontramos con muchas ideas sin argumentos y netamente casi en su totalidad copiadas de otros autores que a su vez publican sin hacer referencia de su originalidad.
Detectar hoy día lema (argumento o titulo que precede a ciertas composiciones literarias para indicar en breves términos el asunto o pensamiento de la obra (p.882: diccionario esencial de la lengua española), es otra producción generadora de distorsión o de flagelo, del mismo modo sabemos o desconocemos las leyes que nos protegen los derechos de los autores como es el caso de nuestro país:
TITULO I, DISPOSICIONES GENERALES, CAPÍTULO 1, DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY, Sección 1. Objeto
ARTICULO 1. Esta Ley tiene por objeto desarrollar la protección a los Derechos del Autor y la autora garantizados en el artículo 98 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los derechos conexos, como Derechos Humanos; la salvaguarda y promoción del acervo cultural de la Nación; la protección de los derechos de los autores y autoras, de los artistas intérpretes o ejecutantes, en relación con el contenido de sus obras literarias, científicas o artísticas en todas sus manifestaciones, sus interpretaciones o ejecuciones, sus ediciones, sus fonogramas o videogramas, sus emisiones, los derechos conexos, así como de las obras de ingenio distintas a la obra original y el acceso de la comunidad a los bienes culturales.
También se protegen las obras de autores extranjeros que sean realizadas, publicadas y registradas en el territorio de la república y las obras realizadas en territorio extranjero siempre y cuando haya reciprocidad.(p.1)

Esclarecer los derechos de autor reconocidos en esta ley en cuanto al objeto material y no estar sometidos al cumplimiento de ninguna formalidad es sin duda una posición difícil y vergonzosa al cual nos podríamos encontrar en cualquier momento, la autora tuvo un caso de intrusear, en la universidad donde laboraba una asignatura de computación, donde un alumno argumentaba que el trabajo era de el, el cual copio exactamente igual a una compañera del curso, apelando ante consejo directivo de la universidad, el cual era su producción intelectual, la bachiller se encontraba nerviosa y sin querer argumentar si era de ella o de él, por el patriotismo ideológico que caracteriza a ciertos alumno de la misma clase, (miedo, amorío, lealtad, identificación con alguien que la tomaba en cuenta por primera vez, etc.) tantos factores que acreditan esta posición, el caso es que yo poesía ambos trabajos y fue mi argumento, decisivo, les pedí que dijeran la verdad y solucionaríamos el problema en el aula, pero el decidió ir a una instancia mayor, igualmente me envolvió con miedo a que yo fuera botada de la institución, ya que tenia padrinos en ellas que lo representaría y recurso para mi suspensión, la falta de respeto de ese bachiller intrigante fue desde el primer día de apertura al curso hasta el ultimo día, de paso el cursaba cuatro (4 ) materias diferentes con migo, su insolubilidad era constante, incluso quise dejar de trabajar en esa institución en varias oportunidades de ese semestre, necesitando el beneficio monetario ya que uno trabaja para generar un ingreso para subsistir, el asusto es que no era persona de agrado hasta que otros profesores argumentaron la osadía que vivían bajo la intolerancia de ese bachiller, por eso y manteniendo mi postura y tomando un pensamiento filosofo “Primero pienso y luego existo”, fue sin duda mi mejor arma, la evidencia postura intelectual mas autores reconocidos por textos, no como el argumentaba por internet que eran plagiarios de escritos sin base de otros autores reconocido de universidades internacionales, he allí donde siempre exijo que busquen artículos, textos, revistas con seriedad ya que muchos cambian y copian cosas sin darle la pertinencia de valoración a sus pensamientos e ideas. De la misma manera una amiga le pedi a los 3 meses después de su defensa la tesis de la maestría que ella escribió para argumentar a otra tesis que yo era tutora sentimental, y mi sorpresa es que la lei toda y era prácticamente igual a mi tesis de la maestría en educación superior, mi sorpresa que me manda un mensaje texto a las tres horas después que no podía utilizar su tesis en antecedente por que ella lo tenia publicado en la red y en una institución gubernamental en función de cultura. Le respondí que yo me había graduado primero que ella en la UPEL y es una institución seria y que tenia dos menciones publicación y honorifica, la que debería de tener cuidado era ella por el flagelo desde ese día no se mas de ella, el interés siempre existirá y le dan el merito a quien no lo merece, yo de repente tuve culpa ya que le preste una rustica sin corrección y los errores estaban tal cual lo escribí, siendo una docente de aula que comete ese monumento de cosas la ayude a publicar en el periódico a realizar ensayos y todas las tareas que ella tenia que presentar en la institución para graduarse de maestría, sin recibir nada a cambio, desde ese momento soy mas cuidadosa en revelar mis saberes a otras personas, no es el echo de no compartirlo, sino la poca praxis y el poco respeto que poseen en agradecer la ayuda que se le esta daño o simplemente el ser amigable.


Referencias Bibliográficas.
Coa, A (2005) El proyecto de ley de derechos del autor y autora. Htm, aporrea. Org. Comunicación popular para la construcción del socialismo del siglo xxi
Diccionario esencial de la lengua española, (2006) Real Academia Española, Edición Espasa Calpe, S.A. Pozuelo de Alarcón. Madrid.
Ley sobre el Derecho de Autor, publicada en Gaceta Oficial Nª 4638, Extraordinario del 01 de Octubre de 1.993.
http//: www.Ley-derecho.pdf

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